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Hania Pérez de Cuéllar: “De haberse aprobado una ley de este tipo en el pasado, se hubieran revisado operaciones en mercados como el del oxígeno"

Hania Pérez de Cuéllar: “De haberse aprobado una ley de este tipo en el pasado, se hubieran revisado operaciones en mercados como el del oxígeno"



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Ley que establece el control previo de operaciones de concentración empresarial permitirá fortalecer la libre competencia en el mercado en beneficio de los consumidores.
 
A través del Decreto Supremo N° 039-2021-PCM, la Presidencia del Consejo de Ministros (PCM) aprobó el reglamento de la ‘Ley que establece el Control Previo de Operaciones de Concentración Empresarial’ (Ley N° 31112), más conocida como la “Ley Antimonopolio”, que otorga facultades al Indecopi para revisar fusiones o concentraciones que se produzcan en cualquiera de los sectores económicos del país, lo que permitirá preservar las condiciones de competencia en el mercado en beneficio de la ciudadanía.
 
Así lo señaló Hania Pérez de Cuéllar, presidenta del Consejo Directivo del Indecopi, durante la conferencia de prensa de presentación del nuevo Centro Especial de Monitoreo del Indecopi, quien a su vez indicó que esta norma marca un hito en la historia del país y su política económica.
 
Según la funcionaria, esta norma hubiera permitido evaluar los efectos de estas operaciones sobre la competencia y los consumidores; por ejemplo, si las empresas tienen incentivos para cerrar el mercado a sus competidores, degradar la calidad de sus productos o usar su poder de mercado vía incremento de precios.
 
“De haberse aprobado una ley de este tipo en el pasado se hubiera podido revisar operaciones ocurridas en mercados que hoy están altamente concentrados como el mercado del oxígeno, por ejemplo”, indicó Pérez de Cuéllar. “De hecho, teníamos normas de sanción a las prácticas monopólicas, pero no con enfoque preventivo. Esto es lo que faltaba para fortalecer la política de libre competencia del país”, agregó.
 
La ejecutiva señaló además que este hito representa una lucha de más de 15 años del Indecopi con el objetivo de fortalecer la política de libre competencia y elevar al Perú a estándares internacionales en materia de política económica. “El Perú era uno de los pocos países de la región y del mundo que no contaba con un marco legal que vigilara las fusiones empresariales que puedan representar una amenaza frente a los ciudadanos a través de prácticas monopólicas y posiciones de dominio que distorsionen la propia naturaleza del libre mercado”, señaló.
 
Incluso organismos multilaterales como la Organización para la Cooperación y Desarrollo Económicos (OCDE) han felicitado al Indecopi a través de comunicaciones formales y han reconocido como un gran logro la aprobación de esta norma y “el gran esfuerzo” realizado en los últimos años por esta institución para hacerlo posible. A esto se le suman comunicaciones de los organismos pares que supervisan la libre competencia en diversos países de la región. 
 
Trabajo coordinado
Hania Pérez de Cuéllar señaló además que este logro perseguido por el Indecopi en los últimos 15 años es una muestra de lo que se puede lograr con un trabajo coordinado entre el Congreso y el Ejecutivo. “Es por ello que extendemos el agradecimiento a todos los funcionarios públicos que han permitido este logro; por el lado del Poder Legislativo, a la presidenta del Congreso, Mirtha Vásquez; la congresista Zenaida Solís del Partido Morado, que hizo suyo este proyecto y los 91 congresistas que votaron a favor”, indicó.  
 
“Y por el lado del Ejecutivo, agradecer el apoyo del presidente de la República, Francisco Sagasti; la presidenta del Consejo de Ministros, Violeta Bermúdez; el ministro de Economía, Waldo Mendoza; la superintendenta de Banca y Seguros, Socorro Heysen, además de todo el equipo técnico de alto nivel del Indecopi”, concluyó. 
 
El reglamento
El mencionado reglamento, que implicó un arduo debate técnico, se ha estructurado en 8 capítulos, 33 artículos, 6 disposiciones complementarias finales y 3 disposiciones complementarias transitorias a través de las cuales la Comisión de Defensa de la Libre Competencia (CLC) del Indecopi evaluará las operaciones de concentración que superen los umbrales de ventas y activos previstos en la norma.
 
Asimismo, establece que, en base a la evaluación que se realice, la CLC podrá tomar tres decisiones: 1) aprobar la fusión empresarial sin condiciones; 2) aprobar la fusión empresarial con condiciones; 3) denegar la fusión de las empresas.
 
En cuanto al proceso de evaluación previo, si se determina que la operación de concentración no plantea un alto riesgo contra la libre competencia, el procedimiento concluye en primera fase, en un plazo máximo de treinta (30) días hábiles. De lo contrario, se da inicio a la segunda fase, que tiene un plazo máximo de noventa (90) días hábiles, prorrogables por treinta (30) días hábiles adicionales.
 
Es importante destacar, además, que la “Ley Antimonopolio” contempla la posibilidad de que los agentes económicos realicen consultas de carácter orientativo a la Secretaría Técnica de la Comisión de Libre Competencia del Indecopi, con la finalidad de determinar si la operación estaría sujeta a los términos de la ley.
 
Finalmente, cabe señalar que el Reglamento contiene diversas disposiciones y reglas con el objetivo de hacer efectivo el control previo de operaciones de concentración establecido por la Ley.
 
 
Lima, 04 de marzo de 2021


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