
PROCEDIMIENTO DE INVESTIGACIÓN DE DUMPING Y SUBSIDIOS
- Tiempo de duración de procedimiento: 12 a 18 meses, contados desde la publicación de la resolución de inicio.
Resolución de inicio de investigación.
Notificación de resolución de inicio.
Publicación de resolución de inicio en el diario oficial.
Remisión de cuestionarios a las partes.
Audiencia del periodo probatorio.
Documento de hechos esenciales.
Comentarios de las partes al documento de hechos esenciales.
Audiencia final.
(en caso sea solicitada por las partes)
Resolución final.
Notificación de la resolución final.
Publicación de la resolución final en el diario oficial.
Resolución de inicio de investigación de oficio.
Notificación de resolución de inicio.
Publicación de resolución de inicio en el diario oficial.
Remisión de cuestionarios a las partes.
Audiencia del periodo probatorio.
Documento de hechos esenciales.
Comentarios de las partes al documento de hechos esenciales.
Audiencia final
(en caso sea solicitada por las partes)
Resolución final.
Notificación de la resolución final.
Publicación de la resolución final en el diario oficial.
CUESTIONARIOS:
- Modelo de cuestionario para el inicio de investigación por prácticas de dumping - productores nacionales
- Anexo del cuestionario para el inicio de investigación por prácticas de dumping - productores nacionales
- Guía para Empresas Productoras
- Cuestionario para empresas exportadoras investigadas por prácticas de dumping
- Guía para Empresas Exportadoras
- Cuestionario para el importador
- Guía para el importador
- Cuestionario para empresas importadoras correspondiente al procedimiento de investigación por prácticas de dumping sobre las importaciones de tejidos 100% poliéster, crudos, blancos o teñidos de un solo color, de ligamento tafetán, con un ancho menor a 1.80 metros, de peso unitario entre 80 gr./m2 y 200 gr./m2, cualquiera sea el uso declarado, originarios de la República Popular China
- Cuestionario para el exportador y/o producto extranjero correspondiente al procedimiento de investigación por presuntas prácticas de dumping en las exportaciones al Perú de zapatillas con la parte superior de material textil, originarias de la República Popular China
- Questionnaire for exporters and/or foreign producers corresponding to the investigation procedure for alleged dumping practices in exports to Peru of textile upper sneakers, originating in the People's Republic of China
- Cuestionario para empresas importadoras correspondiente al procedimiento de investigación por presuntas prácticas de dumping en las exportaciones al Perú de zapatillas con la parte superior de material textil, originarias de la República Popular China
- Modelo de cuestionario para el inicio de investigación por prácticas de subvenciones - productores nacionales
- Anexo del cuestionario para el inicio de investigación por prácticas de subvenciones - productores nacionales
- Cuestionario para empresas exportadoras investigadas por prácticas de subvenciones
- Cuestionario para empresas importadoras investigadas por practicas de subvenciones
- Guía para empresas productoras
PROCEDIMIENTO DE ELIMINACIÓN DE BARRERAS COMERCIALES NO ARANCELARIAS
- Tiempo de duración de procedimiento: 120 días hábiles.
Presentación de denuncia.
Calificación de denuncia.
Resolución de admisión a trámite.
Notificación a las partes.
Descargos de los denunciados.
(15 días hábiles)
Declaración de rebeldía.
De ser el caso.
Publicación de aviso sobre resolución de admisión.
(Con indicación para que terceros interesados se apersonen)
Apersonamiento de terceros al procedimiento.
De ser el caso.
Puesta en conocimiento a la Comisión de las actuaciones procesales.
Informe oral.
De ser el caso.
Resolución final.
PROCEDIMIENTO DE CUESTIONAMIENTO AL COBRO DE DERECHOS ANTIDUMPING
- Tiempo de duración de procedimiento: 60 días hábiles.
Presentación de la solicitud.
Calificación de la solicitud.
Resolución final.
PROCEDIMIENTO DE SALVAGUARDIAS
- Tiempo de duración de procedimiento: 6 meses desde la publicación de la resolución de inicio.
Presentación de la solicitud.
Calificación de la solicitud.
Resolución de inicio.
Publicación de la resolución de inicio en el diario oficial.
Notificación a los solicitantes y a los Gobiernos extranjeros cuyas exportaciones podrían ser afectadas por la medida de salvaguardia.
Descargos de las partes.
(30 días contados a partir del día siguiente de la publicación)
Informe de la Comisión (CDB) recomendando si corresponde o no imponer medidas de salvaguardia.
Remisión del informe a la Comisión Multisectorial.
(conformada por el Ministerio de Economía y Finanzas – MEF, Ministerio de Comercio Exterior y Turismo – MINCETUR y Ministerio del sector al que pertenece la Rama de Producción Nacional afectada).
Emisión de Decreto Supremo que dispone imponer o no medidas de salvaguardia.
- Modelo de cuestionario para el inicio de investigación para la aplicación de medidas de salvaguardias - empresas productoras solicitantes.
- Anexo del cuestionario para el inicio de investigación para la aplicación de medidas de salvaguardias - empresas productoras solicitantes.
SEGUNDA INSTANCIA
- Plazo de trámite del procedimiento: 6 meses prorrogables por 2 meses adicionales.
Notificación del recurso de apelación.
Escritos de alegatos.
Informe oral
(De ser el caso).
Resolución final.
Notificación de la resolución final.
- Plazo de trámite del procedimiento: 60 días hábiles.
Notificación del recurso de apelación.
Escritos de alegatos.
Informe oral
(De ser el caso).
Resolución final.
Notificación de la resolución final.
- Plazo de trámite del procedimiento: 30 días hábiles.
Notificación del recurso de apelación.
Escritos de alegatos.
Informe oral
(De ser el caso).
Resolución final.
Notificación de la resolución final.
- Plazo de trámite del procedimiento: 10 días hábiles.
Notificación del recurso de apelación.
Escritos de alegatos.
Informe oral
(De ser el caso).
Resolución final.
Notificación de la resolución final.
- Plazo de trámite del procedimiento: 5 días hábiles.
Informe de descargos.
Resolución final.
Notificación de la resolución final.
Archivo del expediente.
- Plazo de trámite del procedimiento: 8 días hábiles.
Informe del funcionario recusado.
Resolución final.
Notificación de la resolución final.
Archivo del expediente.
PROCEDIMIENTOS DE EXAMEN DE MEDIDAS ANTIDUMPING O COMPENSATORIAS
- Tiempo de duración de procedimiento: 12 a 18 meses, contados desde la publicación de la resolución de inicio.
Audiencia Final
(en caso sea solicitada por las partes)
Publicación de la resolución final en el diario oficial
Audiencia Final
(en caso sea solicitada por las partes)
Publicación de la resolución final en el diario oficial
CUESTIONARIOS:
- Modelo de cuestionario para el inicio del procedimiento de examen por expiración de medidas "sunset review"
- Anexo del cuestionario para el inicio del procedimiento de examen por expiración de medidas "sunset review"
- Cuestionario para productor nacional no solicitante correspondiente al procedimiento de examen por expiración de medidas a los derechos antidumping definitivos impuestos sobre las importaciones de todas las variedades de calzado (sin incluir chalas y sandalias) con la parte superior de caucho o plástico y cuero natural, originarios de la República Popular China.
- Anexo del cuestionario para productor nacional no solicitante correspondiente al procedimiento de examen por expiración de medidas a los derechos antidumping definitivos impuestos sobre las importaciones de todas las variedades de calzado (sin incluir chalas y sandalias) con la parte superior de caucho o plástico y cuero natural, originarios de la República Popular China.
- Cuestionario para empresas importadoras correspondiente al procedimiento de examen por expiración de medidas a los derechos antidumping definitivos impuestos sobre las importaciones de todas las variedades de calzado (sin incluir chalas y sandalias) con la parte superior de caucho o plástico y cuero natural, originarios de la República Popular China.
- Anexo del cuestionario para empresas importadoras correspondiente al procedimiento de examen por expiración de medidas a los derechos antidumping definitivos impuestos sobre las importaciones de todas las variedades de calzado (sin incluir chalas y sandalias) con la parte superior de caucho o plástico y cuero natural, originarios de la República Popular China.
- Cuestionario para empresas exportadoras y/o productores extranjeros correspondiente al procedimiento de examen por expiración de medidas a los derechos antidumping definitivos impuestos sobre las importaciones de todas las variedades de calzado (sin incluir chalas y sandalias) con la parte superior de caucho o plástico y cuero natural, originarios de la República Popular China.
- Questionnaire for exporters or foreign producers of the administrative sunset review procedure of anti dumping duties imposed on imports of all types of footwear (excluding flip-flops and sandals) with uppers of rubber or plastic and natural leather, originating in the the People's Republic of China.
- Anexo del cuestionario para empresas exportadoras y/o productores extranjeros correspondiente al procedimiento de examen por expiración de medidas a los derechos antidumping definitivos impuestos sobre las importaciones de todas las variedades de calzado (sin incluir chalas y sandalias) con la parte superior de caucho o plástico y cuero natural, originarios de la República Popular China.
- Modelo de cuestionario para el inicio de un procedimiento de examen interino, intermedio o por cambio de circunstancias - productores nacionales
- Cuestionario para empresas importadoras correspondiente al procedimiento de examen por cambio de circunstancias a los derechos antidumping definitivos impuestos sobre las importaciones de todas las variedades de calzado (sin incluir chalas y sandalias) con la parte superior de caucho o plástico y cuero natural, originarios de la República Popular China.
- Cuestionario para empresas exportadoras y/o productores extranjeros correspondiente al procedimiento de examen por cambio de circunstancias a los derechos antidumping definitivos impuestos sobre las importaciones de todas las variedades de calzado (sin incluir chalas y sandalias) con la parte superior de caucho o plástico y cuero natural, originarios de la República Popular China.
- Questionnaire for exporters or foreign producers of the administrative review procedure to the antidumping duties on exports to Peru of all types of footwear excluding flip-flops and sandals with uppers of rubber or plastic and natural leather (hereinafter, footwear), originating in the the People's Republic of China.