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El Indecopi declara barreras burocráticas ilegales por requisitos exigidos en la Universidad Nacional del Altiplano de Puno para la obtención de grados académicos y la sanciona con 5.28 UIT

El Indecopi declara barreras burocráticas ilegales por requisitos exigidos en la Universidad Nacional del Altiplano de Puno para la obtención de grados académicos y la sanciona con 5.28 UIT



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El Indecopi declara barreras burocráticas ilegales por requisitos exigidos en la Universidad Nacional del Altiplano de Puno para la obtención de grados académicos y la sanciona con 5.28 UIT

 

  • Pedían presentación de copias de recibos de pago, de certificados de estudios, constancias de no adeudo, entre otros, pese a estar prohibido por ley.

 

La Comisión de la Oficina Regional del Indecopi en Puno declaró barreras burocráticas ilegales determinados requisitos que la Universidad Nacional del Altiplano de Puno (UNAP) exigía para la obtención de grados académicos, título profesional o sustentación de tesis. Además, le impuso una multa de 5.28 UTI (unidades impositivas tributarias) por considerar que dicha universidad cometió falta grave al exigir documentación o información prohibida.

Durante el procedimiento quedó demostrado que la citada casa de estudios imponía la presentación de fotocopias de los recibos de pago de derechos, copias de los certificados de estudios, constancias de que no se adeudaba monto alguno a la entidad, entre otros, amparada en su TUPA (texto único de procedimientos administrativos), aprobado mediante Resolución Rectoral N°0747-2018-R-UNA del 11 de abril de 2019.

Sin embargo, mediante la Resolución N°3-2020/CEB-INDECOPI-PUN, tales exigencias fueron declaradas barreras burocráticas ilegales ya que contravenían lo establecido en el artículo 48° del TUO de la Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado mediante Decreto Supremo N° 004-2019-JUS. Esta norma precisa la documentación que las entidades públicas están prohibidas de solicitar, ya sea porque tiene acceso a la misma o porque fue producida en ejercicio de sus funciones atribuidas por ley.  

Asimismo, al considerar que dichas exigencias constituyen una falta grave contra lo establecido en el literal d) del artículo 35.1° del Decreto Legislativo N° 1256, norma que faculta a las Comisiones a imponer sanción pecuniaria a las entidades que exijan documentación o información prohibida de solicitar para la tramitación de procedimientos administrativos, se le impuso la multa de 5.28 UTI equivalente a S/ 22 704 (veintidós mil setecientos cuatro soles).

Cabe precisar que la universidad apeló la referida resolución, por lo que el expediente será remitido a la Sala Especializada en Eliminación de Barreras Burocráticas, a fin de que se pronuncie como segunda instancia administrativa.

 

Puno, 05 de noviembre de 2020

 

Barreras Burocráticas:

Son requisitos, exigencias o prohibiciones que imponen las entidades de la administración pública, a través de una norma, en ejercicio de su función administrativa a agentes del mercado para la realización de actividades económicas. Algunas son consideradas ilegales si se imponen de manera contraria a la ley, o en su defecto, irracionales si presentan una dificultad sin sustento o razón al acceso o permanencia de un agente económico en el mercado.


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